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Gobierno autoriza retirar fondos de desempleo para mitigar efectos de la covid-19

Gobierno autoriza retirar fondos de desempleo para mitigar efectos de la covid-19

Lima, 23 abr (EFE).- El Gobierno de Perú publicó este viernes la ley que autoriza el retiro de hasta el 100 % de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un fondo intangible al que trabajadores formales acceden al quedar desempleados, a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del coronavirus.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, da luz verde, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, a los trabajadores a disponer libremente de la totalidad de este beneficio social que entregan las empresas privadas y sirve como fondo de desempleo.

Para tal fin, el dispositivo legal establece que el Ejecutivo debe dictar las “disposiciones reglamentarias necesarias” en un plazo máximo de diez días.

Así, los trabajadores podrán retirar los depósitos por CTS que tengan acumulados en entidades financieras hasta la fecha para paliar los efectos económicos de la pandemia.

FORTALECER INGRESOS

La ley que autoriza el retiro total fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 31 de marzo.

A pesar de que el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, había recomendado observar la norma enviada por el Parlamento, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, anunció el último miércoles que el Gobierno decidió no observar la norma.

“Si bien evaluamos que la norma que faculta el retiro de fondos podría desproteger a trabajadores frente a contingencias de desempleo, consideramos la situación actual en que muchas personas requieren fortalecer sus ingresos económicos para afrontar la emergencia sanitaria. Entonces, hemos tomado la decisión de no observar la autógrafa aprobada por el Congreso”, dijo Bermúdez.

La jefa del Gabinete Ministerial también expresó su confianza en que los trabajadores adopten una decisión responsable ante la ley y enfatizó que esta no convierte en obligatorio el retiro total de los fondos.

MINORÍA DE TRABAJADORES

Al tratarse de un beneficio que entregan las empresas privadas formales a sus trabajadores en plantilla que cumplan con una jornada mínima de cuatro horas, solo una pequeña minoría de empleados del Perú cuentan con CTS.

En concreto, la CTS es otorgada por el empleador dos veces al año, en mayo y noviembre, y equivale a medio sueldo en cada depósito, que tiene el fin de mitigar la vulnerabilidad del trabajador cuando termine su relación laboral con la empresa.

Pero de este beneficio queda excluida la mayor parte de la población económicamente activa del país, en donde entre el 75 % y el 80 % de las personas trabajan en la informalidad.

FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES

En el mismo afán de fortalecer los ingresos económicos de los peruanos en medio de la emergencia sanitaria, el Legislativo aprobó el pasado 30 de marzo una norma que permite que los afiliados a los fondos privados de pensiones puedan retirar hasta 4.800 dólares de sus aportes para la jubilación.

Esta medida excepcional establece el retiro de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 17.600 soles (unos 4.800 dólares).

La ley, sin embargo, todavía está en evaluación por parte del Ejecutivo, que solicitó informes técnicos para estudiarla “en detalle” y tomar la decisión “correcta”.

Así lo aseguró la víspera el presidente del país, Francisco Sagasti, quien recordó que las AFP son “recursos muy grandes que se invierten y que, de retirarse de un momento a otro podrían producir algunos desequilibrios en el mercado de capitales y afectar negativamente las posibilidades que tendría el gobierno de conseguir recursos adicionales”.

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