Como parte del plan de reactivación económica y a fin de reanudar las operaciones empresariales a nivel nacional, la Sunarp, dispuso que a partir del próximo 19 de junio, la modificación de estatutos, nombramiento y remoción de gerentes de una EIRL, así como la modificación de estatutos, nombramiento y remoción de gerentes de las sociedades, se realice mediante el SID-Sunarp, plataforma tecnológica que permite realizar el procedimiento registral electrónicamente, sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina registral.
“Con esta medida se busca fomentar la reactivación de la actividad económica en todo el país, así como promover la virtualización de trámites y servicios”, explicó el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien agregó que el SID-Sunarp también permitirá la inscripción de otros actos vinculados al Registro de Personas Jurídicas, tales como: (i) constitución, nombramiento de directivos y modificación de estatutos de Organización Social de Base (OSB); (ii) modificación de estatutos, nombramiento de junta directiva, otorgamiento y revocatoria de poder de una asociación.
Como se sabe, mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) se puede realizar el procedimiento registral electrónicamente sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp; y todo ello bajo altos estándares de seguridad.
“De esta manera, se simplifican los procedimientos internos relacionados al trámite de documentos, debido a que el parte o copia certificada con la firma digital del notario ingresa directamente a la carga laboral del registrador y genera el asiento de presentación de forma automática, en beneficio directo de los usuarios”, señaló el Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Harold M. Tirado Chapoñan.
Más actos inscribibles a través del SID-Sunarp
Asimismo, a partir de hoy lunes 15 de junio, los actos de modificación y levantamiento de hipotecas se podrá presentar mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp), lo que garantiza una mayor rapidez en el trámite registral, así como un importante ahorro de tiempo y dinero, pues el ciudadano ya no tendrá que desplazarse a una oficina de la Sunarp para completar su trámite de inscripción.
La Resolución N° 067-2020-SUNARP-SN, señala que también podrán inscribirse los siguientes títulos de origen notarial a través del SID-Sunarp:
Registro de Predios
· Prescripción adquisitiva de dominio; constitución, modificación o levantamiento de usufructo; patrimonio familiar; extinción de patrimonio familiar; constitución, modificación o levantamiento de habitación; y contrato de opción.
Registro de Bienes Muebles
· Constitución, modificación y cancelación de garantías mobiliarias en el Registro de Propiedad Vehicular (desde el 24 de julio).
· Constitución, preconstitución, modificación y cancelación de garantías mobiliarias; cesión de derechos, fideicomiso, arrendamiento financiero, contrato de opción, usufructo en el Registro Mobiliario de Contratos (desde el 24 de julio).
Registro de Derechos Mineros
· Transferencia, hipoteca, ampliación y levantamiento de hipoteca de concesión minera; contratos de cesión minera, de opción minera, de opción de concesión minera, de cesión y opción de concesión minera; resolución, rescisión, renovación y modificación de cesión y/u opción de concesión minera; contrato de riesgo compartido (joint venture); modificación de contrato de riesgo compartido; ampliación de contrato de riesgo compartido; conclusión de contrato de riesgo compartido; y contratos de asociación en participación (desde el 23 de setiembre).